El vocal dirimidor José R. Senz Paz se adhirió al criterio que negó la tutela constitucional y sostuvo que la empresa debía agotar primero los mecanismos administrativos antes de recurrir al amparo.

La situación de Trafigura PTE. LTD. dentro del proceso de comercialización de concentrados de zinc de la Empresa Minera Colquiri no cambió tras el pronunciamiento de la Sala Constitucional, que rechazó el amparo presentado por la compañía contra su inhabilitación.

La decisión fue definida después de que se produjera una discrepancia entre los vocales de la Sala Constitucional Primera. Ante esta situación, fue convocado como dirimidor José R. Senz Paz, quien finalmente se adhirió al criterio de Fernando Simón Zambrana Sea y respaldó la decisión de negar la tutela solicitada por la empresa.

En el pronunciamiento emitido el 11 de septiembre de 2026, Senz Paz estableció que Trafigura debía recurrir inicialmente a los mecanismos de impugnación previstos en la vía administrativa antes de acudir a la justicia constitucional.

El caso está relacionado con la Resolución Administrativa EMC-RPC-RA-ZN-01/2026, emitida el 31 de julio de 2026, mediante la cual se aprobó el informe de calificación correspondiente al proceso para la comercialización de concentrados de zinc de la Empresa Minera Colquiri, dependiente de la Corporación Minera de Bolivia (COMIBOL).

La vía administrativa, el punto central

El vocal dirimidor sostuvo que la resolución que determinó la inhabilitación de Trafigura genera efectos jurídicos sobre la empresa y, por tanto, podía ser cuestionada mediante los recursos establecidos en la Ley 2341 de Procedimiento Administrativo.

Bajo ese argumento, consideró que la compañía no cumplió con el principio de subsidiariedad, requisito que exige acudir previamente a las vías ordinarias disponibles antes de activar la jurisdicción constitucional, salvo las excepciones previstas por ley.

Por este motivo, Senz Paz respaldó la decisión de denegar el amparo y concluyó que no correspondía conceder la tutela constitucional solicitada por Trafigura.

La inhabilitación continúa vigente

Con el fallo de la Sala Constitucional, la inhabilitación de Trafigura se mantiene dentro del proceso de comercialización de concentrados de zinc de Colquiri.

En consecuencia, la empresa queda fuera de este proceso contractual con la Empresa Minera Colquiri mientras no prospere una eventual impugnación por las vías administrativas correspondientes u otra determinación posterior que modifique su situación jurídica.

La decisión constitucional, por tanto, no resuelve el fondo de la controversia sobre la inhabilitación, sino que establece que la empresa debe utilizar primero los mecanismos administrativos previstos para cuestionar la resolución que la excluyó del proceso.