
En la última sesión del periodo constitucional 2020-2025, la Cámara de Senadores sancionó la “Ley de Protección Integral y Reparación para Hijas e Hijos Huérfanos de Víctimas de Feminicidio y Otros Delitos Contra la Vida”, la cual fue remitida al Órgano Ejecutivo para su promulgación inmediata.
El presidente del Senado, Andrónico Rodríguez, destacó que la iniciativa fue aprobada por unanimidad y sin objeciones de ninguna bancada parlamentaria, subrayando que “no podemos dejar en la intemperie a familias o víctimas por hechos de feminicidio”.
La ley establece medidas de atención integral y protección social a hijos e hijas que queden huérfanos como consecuencia de delitos de feminicidio, homicidio del varón cuando el procesado sea la pareja de la víctima, o en casos de homicidio-suicidio derivados de situaciones de violencia.
Uno de los pilares de la normativa es la creación de un bono económico mensual, que no será inferior al 20% del salario mínimo nacional. Este beneficio se otorgará en dos modalidades:
- Bono provisional: desde el inicio de la investigación del hecho.
- Bono definitivo: consolidado tras una sentencia condenatoria ejecutoriada.
La ley garantiza que el bono no podrá ser suspendido, incluso si no se identifica al autor del delito o se dicta una absolución, asegurando así la protección de los niños afectados.
Con esta norma, el Estado refuerza su compromiso con la protección de la niñez en situaciones de vulnerabilidad extrema y busca ofrecer respaldo económico y social a quienes pierden a sus padres por hechos de violencia.







