Cámaras empresariales, industriales y de exportadores reunidos en Sucre este jueves determinaron realizar un paro movilizado nacional de 24 horas el 10 de febrero, en caso de que el Gobierno no derogue la disposición adicional séptima del Presupuesto General del Estado (PGE), que faculta la confiscación de alimentos en caso de agio y especulación.

En el encuentro, la Cámara Nacional de Industrias (CNI), la Cámara Agropecuaria del Oriente (CAO), la Cámara Nacional de Industrias Oleaginosas de Bolivia (Caniob), la Caneb, Cadex y Congabol,  ratificaron el compromiso de trabajar por los bolivianos en las distintas actividades que desarrollan como cadenas de producción y abastecimiento.

Sin embargo, indicaron que en este último periodo las autoridades, lejos de resolver los inconvenientes para incrementar la producción y asegurar el abastecimiento a la población de alimentos, divisas, combustibles y seguridad jurídica, se empeñan en crear normas que dañan a toda la cadena productiva, amenazando y presionando al sector productivo del País.

Para los empresarios, en este momento no se debería estar discutiendo normas para imponer más controles, que lejos de contribuir a resolver los problemas los incrementan y ponen en vilo al país.

«Deberíamos estar discutiendo temas vinculados a la reactivación económica, a la seguridad jurídica, al desarrollo de la biotecnología, a mecanismos que nos permitan superar la falta de combustibles y divisas entre otros”, señalaron en las conclusiones del encuentro.

Reiteraron que como gremios empresariales no hacen política y son los políticos son los que Gobiernan. “Anhelamos con dedicarnos solamente a producir, comercializar y transportar, pero tenemos que pasar tiempo buscando como defendernos de los que nos quieren destruir”, subrayaron.

Según las cámaras empresariales, si el Gobierno les da toda la razón cuando indica que las sanciones contra el agio y la especulación ya existen y se aplican, ¿cuál es la necesidad de introducir, de contrabando, la Disposición Adicional Séptima al PGE? Estamos cansados del atropello y las extorciones.

La falta de divisas y carburantes, el contrabando y otros factores que están golpeando a todas familias bolivianas, no son responsabilidad de quienes abastecen de productos.

Aseguraron que todas las medidas de intervención y amedrentamiento aplicadas hasta hoy con un discurso engañoso de combatir el agio y la especulación, no resuelven la falta de algunos alimentos ni la escasez de divisas e hidrocarburos.

Por eso es que en vista de que se tiene respuesta del Gobierno Nacional ni la Asamblea Legislativa Plurinacional sobre la derogación de la Disposición Adicional Séptima, los empresarios determinaron:

  • Exigimos al Poder Ejecutivo realizar gestiones inmediatas para la derogación de la Disposición Adicional Séptima de la Ley del Presupuesto 2025.
  • Exigimos al Presidente Nato de la Asamblea Legislativa Nacional, poner sus buenos oficios de inmediato para derogar dicha disposición.
  • En los próximos días, presentaremos una propuesta de Ley para la respectiva derogación.
  • En caso de no tener la derogación, los integrantes de la cadena de abastecimiento realizaremos un paro movilizado nacional de 24 horas el 10 de febrero de 2025.
  • Ninguna de las instituciones integrantes de este ampliado y las que son parte de las cadenas de abastecimiento, asistirá a ninguna reunión para tratar la reglamentación de dicha disposición.
  • Pedimos a nuestras autoridades que piensen en la población y nos dejen trabajar para continuar produciendo en favor del País.
  • Ratificamos las resoluciones del primer y segundo ampliado multisectorial.

¿Qué dice la disposición adicional séptima de la  Ley del PGE 2025?

I.- Con la finalidad de garantizar la disponibilidad y abastecimiento de alimentos esenciales, se faculta a las entidades competentes, activar acciones de control, fiscalización, confiscación, y/o decomiso de productos, a los actores de comercialización de alimentos, que almacenen o retengan y/o pretendan encarecer los precios de los mismos.

II.- Todo actor de la cadena productiva de alimentos esenciales, debe declarar, información de producción, transformación  y comercialización,  misma que  tendrá calidad de declaración jurada  y será tratada  bajo el principio de confidencialidad, conforme a la reglamentación aprobada  por Resolución Biministerial emitida por los Ministerios de Desarrollo Rural y Tierras y de Desarrollo Productivo y Economía Plural.

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