La Sala Constitucional Primera de Beni concedió la tutela solicitada y ordenó al Tribunal Supremo Electoral (TSE) que emita una resolución para cancelar la personería jurídica del Movimiento Tercer Sistema (MTS), partido integrante de la Alianza Popular que impulsa la candidatura presidencial de Andrónico Rodríguez

Motivos de la decisión

  • El fallo responde a una acción de cumplimiento presentada por el activista Peter Erlwein Beckhauser, quien denunció que el MTS incumplió al menos cinco resoluciones del TSE, principalmente por no renovar su directiva dentro de los plazos legales.
  • La normativa electoral, específicamente el artículo 58 de la Ley 1096 de Organizaciones Políticas, establece que la personería jurídica debe cancelarse a partidos que incurran en tres o más incumplimientos de resoluciones del órgano electoral.
  • El abogado Diego Coímbra, representante de Beckhauser, explicó que el TSE tiene ahora un deber jurídico de aplicar la ley y proceder con la cancelación.

Plazos y procedimiento

El TSE dispone de un plazo de 25 días para emitir la resolución de cancelación de la personería jurídica del MTS, según lo indicado por Diego Coímbra2.

El proceso administrativo debe garantizar el derecho al debido proceso para el MTS antes de la cancelación definitiva.

Impacto político

La medida afecta directamente a la Alianza Popular y a la candidatura de Andrónico Rodríguez, ya que la estructura de apoyo del MTS quedaría fuera de la contienda electoral.

Si el presidente del Senado, Andrónico Rodríguez, decide continuar su postulación con la Alianza Popular, deberá asumir las consecuencias de la pérdida de respaldo partidario.

La suspensión de la inscripción de candidaturas del MTS ya había sido ordenada previamente, y la situación genera incertidumbre dentro del partido y la alianza.

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