La Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya falló este jueves, antes de las 11:00, que el Silala es un río de curso internacional y que Chile tiene derecho a su uso equitativo y razonable, al igual que Bolivia.

Asimismo, las tres demandas reconvencionales presentadas por el país fueron declaradas sin objeto y se dejó establecido que “las características únicas del caudal deben tenerse en cuenta a la hora de aplicar las normas del derecho internacional consuetudinario”.

La instancia internacional observó que la postura de las partes evolucionó durante el litigio y que algunos argumentos se basaron en situaciones hipotéticas. Asimismo, que existen limitaciones inherentes a la jurisprudencia.

En su parte resolutiva se informó que, por 15 votos contra uno, la conclusión A de la demanda chilena no tiene objeto y por eso no existe pronunciamiento; lo mismo suceden con las conclusiones B y C; mientras que, con la D, la decisión fue 14 contra dos; y la E fue rechazada por unanimidad.