
A partir de este lunes 20 de octubre, las entidades financieras del país solicitarán únicamente el certificado de sufragio correspondiente a la segunda vuelta electoral realizada este domingo 19 de octubre, informó el vocal del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Gustavo Ávila.
“Hasta el día de ayer se debía presentar el certificado de sufragio del proceso electoral del 17 de agosto. Sin embargo, desde mañana todas las entidades bancarias deberán exigir los certificados emitidos hoy, por el lapso de tres meses, conforme a lo que establece la normativa vigente”, explicó Ávila.
El vocal aclaró que no será necesario presentar ambos certificados, desmintiendo versiones que circularon en redes sociales y medios sobre una posible doble exigencia para realizar trámites bancarios u otros procedimientos administrativos.
Asimismo, Ávila recordó que las personas que no pudieron emitir su voto podrán tramitar el certificado de impedimento en los tribunales electorales departamentales durante los próximos 30 días.
“Pueden existir diversas causas por las cuales una persona no haya votado, pero en todos los casos se debe presentar un documento de respaldo”, precisó.
Entre los justificativos válidos se incluyen certificados médicos en caso de enfermedad, pasajes o permisos laborales en caso de viajes imprevistos, o boletos de transporte si la persona se encontraba en tránsito fuera de su lugar de empadronamiento.
El Tribunal Supremo Electoral reiteró que el cumplimiento de esta disposición garantiza la validez de los trámites ante entidades públicas y privadas, y recordó a la ciudadanía la importancia de conservar su certificado de sufragio vigente.







