
El acuerdo suscrito el 31 de marzo de 2025 por el Bloque de Unidad Opositor, que establece el procedimiento para la realización de encuestas internas entre el 4 y el 7 de abril, ha generado controversia debido a su validez legal y la interpretación de su cláusula de confidencialidad. Según dicho acuerdo, los resultados serían consolidados entre el 9 y 10 de abril, y el candidato con mayor respaldo sería proclamado como representante de la unidad opositora.
Sin embargo, la séptima cláusula del documento prohíbe la difusión de cualquier información relacionada con los resultados antes del plazo establecido, bajo pena de sanciones que podrían incluir la inhabilitación del candidato que infrinja esta disposición.
El analista político Vladimir Peña, consultado sobre el tema, cuestionó la validez del acuerdo al señalar que solo cuenta con la firma de una persona y no de todos los actores clave del bloque, como Tuto Quiroga o Carlos Mesa. “No se puede hablar de que el acuerdo esté en vigencia si no está suscrito por las tres personas involucradas”, sostuvo Peña.
En cuanto a la confidencialidad, Peña explicó que esta tiene un doble propósito: por un lado, evitar sanciones electorales por la difusión anticipada de encuestas, ya que la normativa prohíbe expresamente la publicación de sondeos por parte de partidos o candidatos; y por otro, mantener en reserva los resultados para uso estratégico interno del bloque opositor.
“Se trata de proteger tanto la legalidad del proceso como la estrategia política. No sería lógico que otros candidatos conozcan los resultados de una encuesta que forma parte de una definición interna”, señaló el analista.
Respecto a posibles infracciones, Peña recordó que, aunque ya rige el calendario electoral, actualmente no hay candidatos ni alianzas formalmente registradas. Las alianzas deberán inscribirse hasta el 16 de abril, y los candidatos serán oficializados recién el 19 de mayo. Esto implica que, por ahora, no existe una figura legalmente sancionable en caso de divulgarse información.







