
BOLIVIA – El Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social ratificó que, mediante la Resolución Ministerial 088/26, el nuevo Salario Mínimo Nacional (SMN) de Bs 3.300 ya es una realidad legal en Bolivia. Los empleadores deben aplicar el ajuste de manera inmediata en los sueldos correspondientes a finales de este mes.
La medida beneficia principalmente a los trabajadores del sector privado que percibían montos inferiores a la nueva cifra. La normativa es tajante: el incremento no puede ser sustituido por bonos o compensaciones en especie. En el caso de las jornadas parciales, el ajuste se realizará de manera proporcional a las horas trabajadas.
Debido al congelamiento de remuneraciones establecido en el presupuesto nacional 2026, el aumento en el sector público no será generalizado. Solo el personal de salud, educación, fuerzas del orden y aquellos con crecimiento vegetativo o ascensos de escalafón percibirán ajustes, quedando el resto de la administración pública sujeta a las restricciones presupuestarias vigentes.
Al tener carácter retroactivo al 1 de enero, las empresas deben pagar la diferencia correspondiente al primer mes del año. Para garantizar el cumplimiento, el Ministerio de Trabajo exigirá la presentación de una Planilla Complementaria de Adecuación, la cual tiene carácter de declaración jurada. El incumplimiento de estas disposiciones derivará en severas sanciones administrativas y multas pecuniarias.








