
El Ministerio de Trabajo emitió la Resolución Ministerial 264/23 que establece la suspensión del horario continuo tanto en el sector público como privado, que estaba vigente desde enero de 2021 con el fin de contener el covid. Desde el 6 de marzo próximo se debe retomar el horario discontinuo.
“La presente Resolución Ministerial tiene por objeto suspender la aplicación de la jornada laboral en horario continuo, establecida como medida para la contención y reducción de contagios de la Covid”, señala el artículo primero de la resolución que emitió el Ministerio de Trabajo.
Especifica que, a partir del lunes 6 de marzo próximo, la jornada laboral tanto en el sector público como privado de todo el país, será de ocho horas en horario discontinuo.
También menciona que en ambos casos se tiene la obligación de cumplir con los lineamientos y protocolos de bioseguridad emitidos por el Ministerio de Salud y Deportes.
Para el cumplimiento de la reciente disposición, los inspectores de las jefaturas departamentales y regionales de trabajo harán la verificación del cumplimiento de las medidas establecidas.
El Gobierno dispuso el 13 de enero de 2021, mediante el Decreto Supremo 4451, la jornada laboral del sector público y privado en horario continuo, de acuerdo a la naturaleza de sus funciones, con el fin de evitar aglomeraciones y la propagación de la Covid.
La medida fue ampliada en agosto de ese mismo año, bajo la disposición de que el Ministerio de Salud y Deportes emita un informe epidemiológico y recomendaciones específicas que permitan asumir determinaciones respecto a la suspensión o modificación del horario.
Sobre este último, la cartera de Gobierno informó ayer que se concluye que los departamentos de La Paz, Cochabamba y Santa Cruz son los más afectados por contagios de Covid y que la tasa de letalidad continúa en 0,1% y que de acuerdo al comportamiento de la pandemia, no existe una relación entre la ocurrencia de casos y el horario de trabajo continuo.
PAGINA SIETE







